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Cómo calcular la CTS en Perú, paso a paso

La compensación por tiempo de servicios (CTS) es un beneficio que el empleador deposita dos veces al año en una cuenta a nombre del trabajador. Funciona como un ahorro para cuando la relación laboral termina, y por eso conviene saber calcularla: es la forma más rápida de comprobar que el depósito que te hicieron es el correcto.

En esta guía verás quién tiene derecho, qué entra en la remuneración computable, la fórmula de cálculo y un ejemplo con números. Al final encontrarás la calculadora de liquidación, que hace el mismo cálculo con tu caso y te muestra cada paso.

Actualizado el 20 de octubre de 2026

Quién tiene derecho a la CTS

Tienen derecho a la CTS los trabajadores del régimen laboral general de la actividad privada que cumplen, en promedio, una jornada mínima de cuatro horas diarias. Los trabajadores de una pequeña empresa inscrita en el REMYPE la reciben en una proporción menor, y los de una microempresa inscrita en ese registro no la reciben.

Si no sabes en qué régimen está tu empresa, revisa tu boleta de pago o pregunta a recursos humanos: el régimen cambia tanto la CTS como las vacaciones y las gratificaciones.

Cuándo se deposita

La CTS se deposita dos veces al año y cada depósito cubre un semestre de trabajo:

  • Hasta el 15 de mayo: el periodo trabajado entre noviembre y abril.
  • Hasta el 15 de noviembre: el periodo trabajado entre mayo y octubre.

Cuando el vínculo laboral termina, el empleador deposita la CTS que quedó pendiente —la llamada CTS trunca— junto con el resto de la liquidación.

Qué es la remuneración computable

La base del cálculo no es solo el sueldo básico. La remuneración computable suma todo lo que el trabajador recibe de forma regular por su trabajo:

  • La remuneración básica mensual.
  • La asignación familiar, si la percibes.
  • Las comisiones, horas extras u otros conceptos que se paguen con regularidad.
  • Un sexto de la gratificación recibida en el semestre: la de diciembre para el depósito de mayo y la de julio para el de noviembre.

No entran en la base los conceptos que no son remuneración, como la movilidad que se entrega para trabajar o las gratificaciones extraordinarias que se pagan una sola vez.

La fórmula

Con la remuneración computable (RC) definida, la CTS del semestre se calcula sumando los meses completos trabajados y los días sueltos:

CTS = (RC ÷ 12) × meses completos + (RC ÷ 360) × días.

Si trabajaste el semestre completo, son seis meses y ningún día suelto, así que el depósito equivale a media remuneración computable. Si entraste a mitad de periodo, se cuentan solo los meses y días que efectivamente trabajaste.

Un ejemplo con números

Supongamos un trabajador con un sueldo de S/ 2,000, sin asignación familiar, que trabajó completo el periodo de noviembre a abril y recibió en diciembre una gratificación de S/ 2,000.

  • Sexto de la gratificación: 2,000 ÷ 6 = S/ 333.33.
  • Remuneración computable: 2,000 + 333.33 = S/ 2,333.33.
  • Meses completos: 6, días sueltos: 0.
  • CTS: 2,333.33 ÷ 12 × 6 = S/ 1,166.67.

Si el mismo trabajador hubiera entrado el 17 de diciembre, tendría 4 meses completos (enero a abril) y 15 días de diciembre: 2,333.33 ÷ 12 × 4 + 2,333.33 ÷ 360 × 15 = S/ 777.78 + S/ 97.22 = S/ 875.00. En la práctica, además, la gratificación de diciembre de quien entra a mitad de mes también es proporcional, y eso cambia el sexto que se suma.

Errores frecuentes al revisar el depósito

Olvidar el sexto de la gratificación es el error más común: hace que el depósito parezca mayor de lo que uno calcula. El segundo es usar el sueldo neto, después de descuentos de AFP u ONP, cuando la base es la remuneración bruta. El tercero es contar meses incompletos como completos: un mes cuenta entero solo si se trabajó de inicio a fin.

Las reglas sobre cuánto de la CTS se puede retirar cambian con leyes temporales, así que conviene revisar la norma vigente antes de planificar un retiro.

Preguntas frecuentes

¿La CTS se paga si renuncio?

Sí. La CTS no depende del motivo del cese: al terminar el vínculo, el empleador debe depositar la CTS trunca del periodo que quedó pendiente.

¿Se descuenta AFP u ONP de la CTS?

No. La CTS no está afecta a aportes previsionales ni a descuentos de pensión.

¿Qué pasa si el empleador no deposita a tiempo?

El empleador queda obligado a pagar el monto con los intereses correspondientes, y el trabajador puede presentar una denuncia ante la SUNAFIL.

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